Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad

Informe sobre el Anteproyecto de Ley de Resolución Alternativa de Conflictos de Consumo

Viernes, 17 de abril de 2015
  • ​​Facilitará a los consumidores resolver sus reclamaciones sin acudir a la vía judicial
  • Incorpora a la legislación española la directiva europea en la materia y fija el plazo de resolución en noventa días naturales desde la presentación de la reclamación
  • Los procedimientos serán normalmente gratuitos para el consumidor o con un coste inferior a treinta euros
  • Los empresarios tendrán la obligación de informar de forma específica sobre el acceso a entidades de resolución alternativa de conflictos

El Consejo de Ministros, a propuesta del ministro de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, sobre el Anteproyecto de Ley de Resolución Alternativa de Conflictos de Consumo. Con él se incorpora a la legislación española una Directiva comunitaria, que tiene por objeto garantizar a los consumidores el acceso a entidades de resolución extrajudicial de conflictos.

Con esta norma se facilita a los consumidores que los posibles problemas derivados de sus contratos con los empresarios puedan encontrar una solución. Los procedimientos de resolución, cuyo resultado podrá ser vinculante o no, serán, además de gratuitos o de escaso coste, transparentes, sencillos, rápidos y justos, además de garantizarse su imparcialidad.

La novedad de esta Ley es que se establecen mecanismos para dar a conocer a todos los ciudadanos la existencia de esta forma de resolución de conflictos de consumo. Los empresarios podrán exhibir su adhesión a estas entidades como un plus de calidad a su oferta de bienes y servicios, lo que determinará que los consumidores demanden a los empresarios que les ofrezcan esta posibilidad de solución antes de contratar con ellos.

https://www.lamoncloa.gob.es/consejodeministros/Paginas/enlaces/170415conflictosconsum.aspx

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