Nuestra Constitución Española establece un Derecho Fundamental en su artículo 119: «La justicia será gratuita cuando así lo disponga la ley y, en todo caso, respecto de quienes acrediten insuficiencia de recursos para litigar».

Para acceder a este beneficio, hay que cumplir una serie de requisitos que vienen establecidos en La Ley 1/1996, de 10 de enero, de Asistencia Jurídica Gratuita, reformada por el RD Ley 3/2013, de 22 de febrero y por la Ley 42/2015, de 5 de octubre, de reforma de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, establece en su art. 2 quiénes tienen reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita.

La petición ha de realizarse ante el Colegio de Abogados que corresponda, o bien en la Oficina Judicial. Éstos órganos facilitarán una solicitud normalizada, que habrá que cumplimentar con el máximo detalle posible, y habrá que adjuntar numerosa documentación. Si no se realiza bien todo el trámite, la solicitud se puede archivar, con el perjuicio que conlleva esto para el ciudadano.

Es cierto que es muy tedioso tener que hacer toda la tramitación, sin embargo, la concesión del beneficio de justicia gratuita ahorra muchísimos costes a los justiciables, y además, es un beneficio que los abogados que trabajamos en Turno de Oficio prestamos al ciudadano y a la sociedad. No se valora mucho la labor del Abogado de Turno de Oficio, sin embargo, socialmente, es un “regalo” que hacemos quienes pertenecemos al Turno de Oficio. Sí que existe una pequeñísima e indigna contraprestación económica para el Letrado del Turno de Oficio en Castilla y León. Cuando alguna vez lo he comentado, la gente de la calle no lo cree… pero trabajamos por una media de dos euros la hora.

 

El coste medio del procedimiento judicial en España está reflejado en el artículo cuyo link os facilito:

https://www.elmundo.es/economia/2016/02/26/56cf2ddbe2704e0b628b45c8.html

 

En nuestro despacho trabajamos en Turno de Oficio y os puedo decir que no se pueden obtener resultados satisfactorios sin la ayuda del cliente, del justiciable, del ciudadano que solicita el beneficio de la Asistencia Jurídica Gratuita. El tándem Abogado-Cliente tiene que funcionar necesariamente. Creo que el Abogado pone mucho de su parte: su conocimiento, su experiencia, el tiempo de estudio y dedicación al cliente, su despacho, su firma y todos los medios materiales para sustanciar un procedimiento (ordenador, teléfono, pago de Colegio de Abogados, etc.) y a parte de la “gran retribución económica” lo único que necesita es la ayuda de su cliente…. para poder ayudarle.

No dudéis en contactar con nosotros. Os facilitamos nuestros datos para vuestra comodidad y posibles consultas que podéis hacer de forma presencial, telefónica, on line, o escribiendo un correo electrónico.

Despacho de abogados y mediadores en la C/ Dos de mayo 8, 47004 de Valladolid.

www.analeon.com

analeon@analeon.com

Teléfono + 34. 983.262.389.

Móvil +34. 639.39.14.28.

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