<>https://www.lawyerpress.com/news/2015_01/2101_15_002.html 

> Luis Aurelio González Martín, Magistrado

El Parlamento Europeo, en la Resolución de 13 de septiembre de 2011, ha señalado que asegurar un mejor acceso a la justicia es uno de los objetivos clave de la política de la Unión Europea para establecer un espacio de libertad, seguridad y justicia. Se considera que el concepto de acceso a la justicia debe incluir, en ese contexto, el acceso a procedimientos adecuados de solución de controversias para particulares y empresas. Asimismo, se afirmó que el objetivo de la Directiva 2008/52/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo de 21 de mayo de 2008, sobre ciertos aspectos civiles de la mediación en asuntos civiles y mercantiles, es fomentar la resolución amistosa de litigios promoviendo el uso de la mediación y asegurando una relación equilibrada entre la mediación y el proceso judicial.

…Cuando se consigue el acuerdo, se ahorra un tiempo precioso en lo que se refiere a la celebración de comparecencias y vistas (audiencias previas, incidentes, juicio, etc.), con lo que se deja de movilizar a un gran número de personas (demandantes, demandados, peritos, testigos, etc.).

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