Tras un duro pleito, recae una sentencia que da la razón a una u otra de las partes, y a veces a ninguna de las dos de forma completa.

Los clientes quieren saber si esa resolución es o no definitiva y / o firme, según decimos los juristas.

Para el caso de que se puede interponer el Recurso de Apelación, deben tenerse en consideración no sólo cuestiones de fondo, sobre el asunto, sino también de forma, y deben cumplirse una serie de requisitos previos establecidos en nuestras leyes.

A mayor abundamiento, en los procesos, se tiene en consideración los honorarios de profesionales intervinientes en los pleitos (honorarios de abogados, procuradores, peritos, interpretes, etc,). Por eso también hay que ser muy cauto a la hora de interponer el recurso de apelación.

Hoy he leído un post muy interesante publicado en Sepin, noticias jurídicas y dejo aquí el link para quien esté más interesado en leerlo.

¿Puedo recurrir si he ganado el pleito? El requisito del gravamen en los recursos

Estoy a vuestra disposición para lo que necesitéis, ya que en estos días de Navidad sigo trabajando.

analeon@analeon.com

 

 

 

 

 

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