ORDEN HAP/490/2013
Publicado el modelo 696: comienza el plazo de 15 días hábiles para liquidar las tasas judiciales pendientes
01/04/2013 · 09:01 · Redacción

Modelo 696 de autoliquidación de las tasas judiciales
El BOE del sábado 30 de abril ha publicado la Orden HAP/490/2013, de 27 de marzo, por la que se modifica la Orden HAP/2662/2012, de 13 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 696 de autoliquidación, y el modelo 695 de solicitud de devolución, de la tasa por el ejercicio de la potestad jurisdiccional en los órdenes civil, contencioso-administrativo y social y se determinan el lugar, forma, plazos y los procedimientos de presentación.

En teoría desde el domingo, fecha en que entra en vigor la Orden HAP/490/2013 que actualiza los modelos, podían liquidarse las tasas judiciales, aunque la Agencia Tributaria hasta las 9:00 horas del lunes 1 de abril no ha actualizado la web para que pudiera llevarse a cabo dicho pago.

Autoliquidación del Modelo 696 de tasas judiciales en la web de la AEAT

En aplicación de la disposición final séptima del Real Decreto-ley 3/2013 que «moduló» las tasas judiciales, las tasas por el ejercicio de la potestad jurisdiccional que hubieran de liquidarse por personas físicas y por todos los sujetos pasivos en el caso de la presentación de los recursos contencioso-administrativos referidos a la defensa de derechos estatutarios de funcionarios o a la impugnación de resoluciones sancionadoras, desde el 24 de febrero hasta la entrada en vigor de esta Orden HAP/490/2013 por la que se adapte el modelo 696 de autoliquidación y el modelo 695 de solicitud de devolución por solución extrajudicial del litigio y por acumulación de procesos, de la tasa por el ejercicio de la potestad jurisdiccional en los órdenes civil, contencioso-administrativo y social, se liquidarán a partir de esta última fecha en el plazo de quince días hábiles, quedando en suspenso los procesos en el estado en que se encuentren.

En consecuencia, a partir de hoy -donde no sea festivo- comienza el plazo de 15 días hábiles para liquidar las tasas «pendientes» desde el 24 de febrero que no pudieron liquidarse porque no se habían adaptado debidamente los modelos.
Fuente de la noticia:
Lex Diario.es

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